
10 Ene PENSIÓN DE VIUDEDAD: NOVEDADES 2018
Uno de los pasos, necesario pero doloroso, a los que se tiene que enfrentar una persona que ha perdido a su cónyuge es la tramitación de la pensión de viudedad. Ésta tiene como fin cubrir las necesidades económicas del beneficiario o beneficiaria en caso de que se produzca el fallecimiento de la persona que origina la prestación.
La pensión de viudedad evita la desprotección de la unidad familiar si la persona fallecida era la única o principal generadora de rentas.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social hizo público, el pasado mes de diciembre, el proyecto de Real Decreto por el que subirá la pensión de viudedad hasta el 60% de la base reguladora en dos años (actualmente se sitúa en el 52% con carácter general) mediante un incremento del 1% en 2018 y del 7% en 2019.
Esta medida llega con varios años de retraso respecto al plazo marcado en la reforma de las pensiones que el Gobierno aprobó en 2011; sin embargo, no afectará a todos los viudos y viudas por igual, ya que deberán tener 65 años cumplidos y no percibir otro tipo de prestación de la Seguridad Social.
Actualmente, más del 90% de los personas beneficiarias de la pensión de viudedad son mujeres, con una edad media de 76 años, aunque cuatro de cada diez beneficiarias tienen más de 80 años.
El aumento de la esperanza de vida en España, donde vivimos unos diez años más que el resto de la población mundial, hace que muchas personas mayores, que se mantienen de una pensión de la Seguridad Social, permanezcan más años en sus hogares.
El 87% de los ancianos prefiere permanecer en sus viviendas, donde se ubican afectivamente. El temor de muchos de ellos, cuando dejan de ser autónomos, es convertirse en una carga para sus seres queridos, por lo que los servicios profesionalizados de atención domiciliaria son una alternativa a las residencias de la tercera edad.
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